El decreto establece desde los 14 años la edad mínima para conducir estos vehículos y exige casco, elementos reflectantes, iluminación, frenos y seguro de responsabilidad civil. También crea un registro departamental gratuito y exime a los VMP del pago de patente y otros tributos vinculados a su registro. Por otra parte, se habilitaron permisos especiales para triciclos y cuatriciclos destinados a personas con limitaciones motrices.

La Intendencia de San José promulgó el decreto N.º 3279, que regula la circulación, las condiciones de uso y los requisitos de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP).
La normativa comprende dispositivos de transporte individual, de una o más ruedas, propulsados exclusivamente por motor eléctrico y diseñados para circular a una velocidad limitada.
Para conducir estos vehículos será obligatorio tener al menos 14 años, utilizar casco protector y elementos reflectantes. Además, deberán contar con iluminación delantera y trasera, frenos en ambas ruedas o un sistema equivalente, base de apoyo para los pies y un dispositivo sonoro, como timbre o bocina.
La velocidad máxima de circulación será de 25 kilómetros por hora y estará prohibido transportar a más de una persona por vehículo.
Los VMP podrán circular por calles, avenidas, ciclovías y bicisendas. En cambio, quedará prohibida su circulación por veredas, espacios peatonales y rutas nacionales dentro del departamento.
Los conductores también deberán contar con un seguro de responsabilidad civil contra terceros.
El decreto establece la creación de un Registro Departamental de Vehículos de Movilidad Personal, cuya inscripción será obligatoria, gratuita y de tramitación simple.
Los vehículos estarán exentos del pago de patente de rodados y de cualquier tributo o tasa vinculada con su registro o identificación.
Permisos La Intendencia también promulgó el decreto N.º 3278, que habilita permisos especiales de circulación departamental para triciclos y cuatriciclos destinados a personas con impedimentos físicos o limitaciones motrices debidamente acreditadas.
Para acceder al permiso, la Intendencia podrá realizar pruebas prácticas y se requerirá la comparecencia del interesado ante la Dirección General de Tránsito, la inspección técnica del vehículo, una prueba práctica de conducción, acreditación médica o documentación idónea que justifique la solicitud y un seguro obligatorio vigente.
El permiso será personal e intransferible y quedará vinculado exclusivamente a una persona determinada y a un vehículo específico.
Este segundo decreto entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2027.
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